COMPRAVENTA
DONACIÓN
ANTICIPO DE HERENCIA
ARRENDAMIENTO (Ley de Allanamiento y Desalojo Notarial)
CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA
PERMUTA
DIVISIÓN Y PARTICIÓN
ACLARACIONES (Acto que tenga por finalidad aclarar, modificar o rectificar cualquier contrato previamente celebrado)
Requisitos:
Minuta firmada por los vendedores y los compradores y autorizada por Abogado.
Documentos de Identidad de los propietarios (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Original del Certificado Registral Inmobiliario (C.R.I.), actualizado y expedido por Sunarp. (1)
Copias de formatos: HR, PU y recibos de pago del Impuesto Predial del año de la transferencia o en su defecto, Constancia de No Adeudos.
Hoja de Liquidación y recibo de pago del Impuesto de Alcabala. (2)
Pago del Impuesto a la Renta por Ganancias de Capital (5%), cuando el inmueble haya sido adquirido por los transferentes a partir del 01.01.2004. (3)
Copia Certificada del Acta de Nacimiento del Anticipado, actualizada y expedida por Reniec. (4)
Vigencia de Poder actualizado, en caso los vendedores o los compradores actúen representados por apoderados.
Cualquier otro documento e instrumento por criterio del abogado de la Notaría.
(1) Este documento podría ser sustituido por otro similar, de acuerdo al acto materia de trámite, el mismo que será autorizado por el abogado de la Notaría.
(2) No aplica para: ANTICIPO DE HERENCIA, ARRENDAMIENTO, CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA, ACLARACIONES o ADJUDICACIÓN DE BIENES POR LA SUSTITUCIÓN O CAMBIO DE RÉGIMEN PATRIMONIAL.
(3) No aplica para: DONACIÓN, ANTICIPO DE HERENCIA, ARRENDAMIENTO, CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA, ACLARACIONES o ADJUDICACIÓN DE BIENES POR LA SUSTITUCIÓN O CAMBIO DE RÉGIMEN PATRIMONIAL.
(4) Aplica solo para el caso de ANTICIPO DE HERENCIA.
ADOPCIÓN, CAMBIO O SUSTITUCIÓN DE RÉGIMEN PATRIMONIAL CON SEPARACIÓN DE PATRIMONIOS Y ADJUDICACIÓN DE BIENES: (Cuando existe bienes se tiene que solicitar el trámite adicional de inscripción ante el registro respectivo):
Requisitos:
Minuta firmada por los cónyuges propietarios, autorizada por Abogado.
Documentos de Identidad de los cónyuges (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Original y actualizado del Acta o Partida de Matrimonio expedido por el RENIEC(*).
Original del Copia Literal de Dominio, actualizado y expedido por Sunarp. (*)
Copias de formatos: HR, PU y recibos de pago del Impuesto Predial del año de la transferencia o en su defecto, Constancia de No Adeudos.
(*) Cuando el acta de matrimonio sea de provincia, ésta acta o partida debe estar visada por RENIEC.
CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA
Requisitos:
Minuta firmada por los propietarios, autorizada por Abogado.
Documentos de Identidad de propietarios y Acreedores (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Tarjeta de Identificación Vehicular.
SOAT original Vigente.
Impuesto Vehicular pagado todo el año, cuando sea el caso.
Adjuntar desembolso por concepto del préstamo mediante la entrega del medio de pago del sistema bancario (Depósito en cuenta, Transferencia bancaria e interbancaria o Cheque de Gerencia, en la cuenta y/o a nombre de los propietarios).
Vigencia de Poder cuando cualquiera de las partes sea una persona jurídica o sea un apoderado.
Requisito importante: El vehículo no debe contar con cualquier medida, deuda o embargo que no haya sido cancelado o levantado cualquier carga que pese sobre el mismo.
MANDATOS Y PODERES: OTORGAMIENTO DE PODER | AMPLIACIÓN DE PODER | SUSTITUCIÓN O DELEGACIÓN DE PODER | REVOCATORIA DE PODER
Requisitos:
Minuta firmada por los poderdantes, autorizada por Abogado.
Documentos de Identidad de la persona que otorga el acto (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Cualquier otro documento que permita identificar o detallar el contenido de las facultades que se necesita otorgar en este acto, por ejemplo: Copia simple de tarjeta de vehículo o copia literal simple de un predio.
REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS: CONSTITUCIONES DE SOCIEDADES ANÓNIMAS (S.A., S.A.A., S.A.C.), S.R.L., S.CIV.R.L. O E.I.R.L.
Requisitos:
Minuta de constitución firmada por los socios y autorizada por Abogado. (*)
Declaración jurada de aporte de bienes (si fuera el caso). (**)
Documentos de Identidad de los socios (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Voucher o Certificación de depósito bancario por pago de capital (si fuera el caso). (**)
Reserva de Nombre, actualizado y expedido por Sunarp (Recomendación o Sugerencia).
(*) Cuando los socios sean casados y el aporte de capital consiste en bienes muebles e inmuebles, debe intervenir su respectivo cónyuge, debiendo reunir los mismos requisitos señalados para el socio. Los requisitos establecidos variarán si el aporte son bienes muebles e inmuebles (consultar con el abogado para cada caso en concreto). (**) El capital social puede ser cancelado por el aporte en propiedad de dinero en efectivo o por bienes muebles e inmuebles, o por ambos.
SUCESIÓN INTESTADA
Requisitos:
Solicitud firmada por cliente y autorizada por un abogado.
Documentos de Identidad de la persona que solicita el acto (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Acta o Partida de Defunción actualizada del causante, expedida por el Reniec.
Acta o Partida de Matrimonio (cuando el causante es casado), expedida por el Reniec.
Partida de Nacimiento de hijos del causante, expedida por el Reniec.
Certificado Negativo de Testamento actualizado, expedido por Registros Públicos.
Certificado Negativo de Sucesión Intestada, expedido por Registros Públicos.
Relación de bienes conocidos.
(*) Publicidad en el diario oficial El Peruano y otro en uno de mayor circulación (a cargo de la Notaria).
CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO FAMILIAR
Requisitos:
Minuta firmada por los propietarios y autorizada por Abogado.
Documentos de Identidad de los propietarios (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Original del Certificado Negativo de Gravamen, actualizado y expedido por Sunarp.
Copias de formatos: HR, PU y recibos de pago del Impuesto Predial del año de la transferencia o en su defecto, Constancia de No Adeudos.
Copia Certificada del Acta de Nacimiento de los hijos menores de edad o mayores de edad que tenga habilidades diferentes de los propietarios, actualizada y expedida por Reniec.
Vigencia de Poder actualizado, en caso los propietarios actúen representados por apoderados.
RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS
Requisitos:
Solicitud firmada por el cliente y autorizada por un abogado.
Documentos de Identidad de la persona que otorga el acto (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Copia Certificada actualizada y expedida por el Reniec, del Acta o Partida de Nacimiento, Matrimonio o Defunción a rectificar, dichos documentos servirán entre sí para sustentar la rectificación solicitada.
Cualquier otro instrumento público y por cada caso en concreto, a efectos de probar y corroborar la solicitud de rectificación formulada.
(*) Publicidad en el diario oficial El Peruano y otro en uno de mayor circulación (a cargo de la Notaria).
RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO
Requisitos:
Minuta firmada por solicitantes y autorizada por un abogado.
Documentos de Identidad de los solicitantes (D.N.I. – C.E.). (*)
Certificado domiciliario de los solicitantes.
Certificado Negativo de Unión de Hecho de los solicitantes, expedido por el Registro Personal de Registros Públicos.
02 testigos que intervienen en el proceso y no deben ser familiares directos e indirectos ni por afinidad de los solicitantes.
Otros documentos que acredite la fecha de inicio de por lo menos los dos años de la relación de convivencia.
Publicación en el diario El Peruano y en otro diario de circulación nacional (a cargo de la Notaria).
(*) Los solicitantes deben ser solteros y no tener o mantener relación de convivencia con otra persona y libres de impedimento matrimonial.
SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR
Requisitos:
Solicitud de Separación Convencional y Divorcio Ulterior firmada por ambos cónyuges, con la impresión de sus huellas digitales del índice derecho.
Documentos de Identidad de los cónyuges (D.N.I. – C.E.).
Original y actualizado del Acta o Partida de Matrimonio, expedido por el RENIEC(*).
Copia certificada del Acta o Partida de nacimiento de los hijos menores de edad o mayores de edad con habilidades diferentes, expedido por el RENIEC(*).
Sentencia Judicial o Conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y de visitas de los hijos menores de edad.
Escritura pública inscrita en el Registro Personal sobre Separación de Patrimonios o Declaración Jurada de no tener bienes bajo el régimen de sociedad de gananciales.
Declaración jurada de no tener hijos menores de edad (en caso de no tenerlos) o de mayores de edad habilidades diferentes.
Declaración jurada de último domicilio conyugal.
(*) Cuando el acta de matrimonio sea de provincia, ésta acta o partida debe estar visada por RENIEC
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TESTAMENTO POR ESCRITURA PÚBLICA | TESTAMENTO CERRADO | REVOCATORIA DE TESTAMENTO | AMPLIACIÓN DE TESTAMENTO (*)
Requisitos:
Documentos de Identidad de la persona que otorga el acto (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
02 personas que intervienen como “Testigos” mayores de 25 años, con Documentos de Identidad (D.N.I. – C.E. – PASAPORTE con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente). Los testigos no pueden ser familiares directos o indirectos ni por afinidad del Testador.
Cualquier otro documento que permita identificar o detallar el contenido del testamento respecto a los bienes u obligaciones de la persona que otorga el testamento, por ejemplo: Copia simple de tarjeta de vehículo o copia literal simple de un predio.
(*) En este acto, se requiere que se acredite que la persona que otorgó Testamento ha fallecido, adjuntando para ello Copia Certificada actualizada del Acta o Partida de Defunción, expedida y/o autorizada por el Reniec y la cancelación de los derechos notariales y registrales correspondientes.
TRANSFERENCIA VEHICULAR
Requisitos:
Documentos de Identidad de vendedor(es) y comprador(es) (D.N.I. – C.E. o PASAPORTE, con sello de Migraciones de Permiso para firmar contratos o Visa de Negocios, vigente).
Tarjeta de Identificación Vehicular.
SOAT original Vigente.
Impuesto Vehicular pagado todo el año, cuando sea el caso.
Adjuntar pago del precio de venta, mediante la entrega del medio de pago del sistema bancario (Depósito en cuenta, Transferencia bancaria e interbancaria o Cheque de Gerencia, en la cuenta y/o a nombre de los vendedores).
Vigencia de Poder cuando cualquiera de las partes sea una persona jurídica.
Original y actualizado del Acta o Partida de Matrimonio expedido por el RENIEC(*), cuando el vendedor sea casado y en el Registro Vehicular no figure como casado o ante cualquier duda de su actual condición del estado civil. (*)
Requisito importante: El vehículo no debe contar con cualquier medida, deuda o embargo que no haya sido cancelado o levantado cualquier carga que pese sobre el mismo.
CONSTITUCIÓN DE GARANTIA MOBILIARIA: (VER ESCRITURAS PÚBLICAS)